domingo, 6 de abril de 2014

Una refundación del sistema tributario que limita el desarrollo.






Una refundación del sistema tributario que limita el desarrollo.


El proyecto de reforma tributaria es un cambio radical porque modifica la lógica del sistema para favorecer una supuesta igualdad a costa del crecimiento y del empleo.


El envío  al Congreso del proyecto de Ley sobre reforma tributaria permite conocer los alcances de la propuesta y los efectos que generaría de ser aprobado. De su análisis se concluye que no se trata de un cambio similar a los de los últimos 30 años, como se ha insinuado, sino que apunta a una refundación de los elementos esenciales del sistema tributario, al pretender pasar de uno que premia la inversión y castiga el gasto, a otro que favorece el consumo y traslada al Estado otra parte importante de la asignación de recursos.


Este cambio es injustificado y perjudicial. Injustificado, porque si se trata de allegar más recursos para financiar los programas sociales, existen múltiples alternativas disponibles. Haber escogido ésta parece orientado más a consideraciones ideológicas que de política Fiscal. Perjudicial, porque pretende sustituir un modelo tributario que ha permitido a Chile, un país con carencias sociales históricas, estar hoy en condiciones de aspirar al desarrollo y a mejoramientos sin precedentes en las condiciones de vida de su población.


El cambio más relevante que se plantea es la sustitución del actual régimen de impuesto a la renta de las empresas y las personas, donde estas últimas sólo pagan por las utilidades repartidas, por otro en que las personas pagarían el impuesto por el total de las utilidades de las empresas, aunque no las retiren. Esto último, unido al hecho que se alza el impuesto a las actividades económicas de un 20 a un 25%, con una retención adicional de 10%, llevará la tasa efectiva de las empresas al menos a un 35% sobre las utilidades. Los efectos negativos de esto son de dos tipos: muchas personas que son dueñas de empresas ya existentes -de cualquier tamaño-, verán reducido su ingreso en beneficio del gasto Estatal, y se reducirá el nivel de inversión y empleo que generan. Pero el segundo efecto es más grave: desincentiva la realización de nuevos proyectos, también con resultado de menos empleo y crecimiento, al transformarse este mayor costo en un fuerte incentivo a una menor intensidad de capital en la economía chilena. El anunciado paliativo de la depreciación instantánea es insuficiente para compensar esto y, además, inexplicablemente se orienta a promover inversión en activos fijos y no en “inteligencia”, como se afirma que debería ser el horizonte de la economía chilena.


Un segundo grupo de cambios son los que eliminan garantías a los inversionistas e introducen cambios en las normas sobre determinación de impuestos. Un ejemplo es la propuesta de derogación del Decreto Ley 600, que otorga hoy a los inversionistas extranjeros un seguro no sólo contra aumentos de la tasa tributaria, sino también contra cambios inesperados en la aplicación administrativa de los impuestos. Esto generará una nueva ventaja competitiva para que otros países atraigan inversión en desmedro de Chile.  Respecto a la aplicación de los impuestos, se amplían las facultades del SII por medio de conceptos como la elusión tributaria, que pueden terminar con una verdadera presunción de culpabilidad en contra del contribuyente. Otro ejemplo son los mecanismos de determinación de las rentas, tanto para las empresas como los dueños, donde se plantea que estos últimos queden gravados en función de utilidades de la empresa que les son “atribuidas”, concepto nuevo que habrá que aquilatar.


Un tercer grupo de modificaciones apunta a un aumento sustancial en la tributación de las personas, tanto por la vía del incremento de algunos impuestos como por la eliminación de algunos regímenes de excepción. Por ejemplo, se suprimen los sistemas de tributación simplificada, subsistiendo uno solo, y casi todas las rentas presuntas -este es un aspecto rescatable de la iniciativa-. De otro lado, se innova sustancialmente en el IVA, que se aplicará también a la venta de inmuebles, al tiempo que se limita la devolución del crédito por dicho impuesto soportado por las constructoras de viviendas nuevas. Todo aquello puede tener un fuerte impacto en el mercado inmobiliario y en la demanda de mano de obra en la construcción. 


En resumen, el proyecto pretende trasladar una parte del ingreso privado al Estado, con el propósito de que este lo disponga para lograr mayores niveles de igualdad en el país. Lamentablemente, lo hace a costa del riesgo de sacrificar el crecimiento económico y la posibilidad que las nuevas generaciones puedan por sí mismas lograr mejores oportunidades para sus vidas, lo que en definitiva es la única garantía contra la falta de igualdad de oportunidades.


 Este solo peligro justifica un debate amplio y meditado de la reforma, que por sus alcances debería contar con un amplio consenso en la sociedad para ser validada, ya que sus efectos serán permanentes y difícilmente  reversibles en un corto plazo.  El hecho que el Ministro de Hacienda de la anterior administración concertacionista tenga reparos a aspectos esenciales de esta reforma, como la eliminación del FUT, es prueba de hasta dónde no existe dicho consenso para un cambio de esta radicalidad. La coalición oficialista deberá decidir entre dar espacio a ese debate, sano y propio de una democracia estable, u opta por recurrir a la mayoría que ostenta en el Congreso para aprobar directamente la propuesta.


Editorial tomado de Diario La Tercera.

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