Una
refundación del sistema tributario que limita el desarrollo.
El
proyecto de reforma tributaria es un cambio radical porque modifica la lógica
del sistema para favorecer una supuesta igualdad a costa del crecimiento y del
empleo.
El envío al Congreso del proyecto de Ley sobre reforma
tributaria permite conocer los alcances de la propuesta y los efectos que
generaría de ser aprobado. De su análisis se concluye que no se trata de un
cambio similar a los de los últimos 30 años, como se ha insinuado, sino que
apunta a una refundación de los elementos esenciales del sistema tributario, al
pretender pasar de uno que premia la
inversión y castiga el gasto, a otro que favorece el consumo y traslada al
Estado otra parte importante de la asignación de recursos.
Este cambio es injustificado y perjudicial.
Injustificado, porque si se trata de allegar más recursos para financiar los
programas sociales, existen múltiples alternativas disponibles. Haber escogido
ésta parece orientado más a consideraciones ideológicas que de política Fiscal.
Perjudicial, porque pretende sustituir un modelo tributario que ha permitido a
Chile, un país con carencias sociales históricas, estar hoy en condiciones de
aspirar al desarrollo y a mejoramientos sin precedentes en las condiciones de
vida de su población.
El cambio más relevante que se plantea es la
sustitución del actual régimen de impuesto a la renta de las empresas y las
personas, donde estas últimas sólo pagan por las utilidades repartidas, por
otro en que las personas pagarían el impuesto por el total de las utilidades de
las empresas, aunque no las retiren. Esto último, unido al hecho que se alza el
impuesto a las actividades económicas de un 20 a un 25%, con una retención
adicional de 10%, llevará la tasa efectiva de las empresas al menos a un 35%
sobre las utilidades. Los efectos negativos de esto son de dos tipos: muchas
personas que son dueñas de empresas ya existentes -de cualquier tamaño-, verán
reducido su ingreso en beneficio del gasto Estatal, y se reducirá el nivel de
inversión y empleo que generan. Pero el segundo efecto es más grave:
desincentiva la realización de nuevos proyectos, también con resultado de menos
empleo y crecimiento, al transformarse este mayor costo en un fuerte incentivo
a una menor intensidad de capital en la economía chilena. El anunciado
paliativo de la depreciación instantánea es insuficiente para compensar esto y,
además, inexplicablemente se orienta a promover inversión en activos fijos y no
en “inteligencia”, como se afirma que debería ser el horizonte de la economía
chilena.
Un segundo grupo de cambios son los que
eliminan garantías a los inversionistas e introducen cambios en las normas
sobre determinación de impuestos. Un ejemplo es la propuesta de derogación del
Decreto Ley 600, que otorga hoy a los inversionistas extranjeros un seguro no
sólo contra aumentos de la tasa tributaria, sino también contra cambios
inesperados en la aplicación administrativa de los impuestos. Esto generará una
nueva ventaja competitiva para que otros países atraigan inversión en desmedro
de Chile. Respecto a la aplicación de
los impuestos, se amplían las facultades del SII por medio de conceptos como la
elusión tributaria, que pueden terminar con una verdadera presunción de
culpabilidad en contra del contribuyente. Otro ejemplo son los mecanismos de
determinación de las rentas, tanto para las empresas como los dueños, donde se
plantea que estos últimos queden gravados en función de utilidades de la
empresa que les son “atribuidas”, concepto nuevo que habrá que aquilatar.
Un tercer grupo de modificaciones apunta a un
aumento sustancial en la tributación de las personas, tanto por la vía del
incremento de algunos impuestos como por la eliminación de algunos regímenes de
excepción. Por ejemplo, se suprimen los sistemas de tributación simplificada,
subsistiendo uno solo, y casi todas las rentas presuntas -este es un aspecto
rescatable de la iniciativa-. De otro lado, se innova sustancialmente en el
IVA, que se aplicará también a la venta de inmuebles, al tiempo que se limita
la devolución del crédito por dicho impuesto soportado por las constructoras de
viviendas nuevas. Todo aquello puede tener un fuerte impacto en el mercado
inmobiliario y en la demanda de mano de obra en la construcción.
En resumen, el proyecto pretende trasladar una
parte del ingreso privado al Estado, con el propósito de que este lo disponga
para lograr mayores niveles de igualdad en el país. Lamentablemente, lo hace a
costa del riesgo de sacrificar el crecimiento económico y la posibilidad que
las nuevas generaciones puedan por sí mismas lograr mejores oportunidades para
sus vidas, lo que en definitiva es la única garantía contra la falta de
igualdad de oportunidades.
Este
solo peligro justifica un debate amplio y meditado de la reforma, que por sus
alcances debería contar con un amplio consenso en la sociedad para ser
validada, ya que sus efectos serán permanentes y difícilmente reversibles en un corto plazo. El hecho que el Ministro de Hacienda de la
anterior administración concertacionista tenga reparos a aspectos esenciales de
esta reforma, como la eliminación del FUT, es prueba de hasta dónde no existe
dicho consenso para un cambio de esta radicalidad. La coalición oficialista deberá decidir entre dar espacio a ese debate,
sano y propio de una democracia estable, u opta por recurrir a la mayoría que
ostenta en el Congreso para aprobar directamente la propuesta.
Editorial tomado
de Diario La
Tercera.
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