lunes, 29 de agosto de 2011

Manifestaciones y responsabilidades.


Las protestas de estudiantes y profesores han ido dando lugar a diversos debates "laterales". Uno de ellos se refiere a "los encapuchados", modalidad asociada a violencia y desmanes impunes. El Gobierno ha anunciado que propondrá modificaciones al decreto que regula las reuniones públicas, para prohibirlos en ellas. Nadie ignora que bajo capuchas y pañuelos que cubren el rostro se encuentran los elementos más radicales del movimiento estudiantil, a los que habitualmente se suman grupos antisistémicos o, derechamente, lumpen. Incluso algunos grupos de manifestantes advierten que eso deslegitima las protestas. En recientes marchas, no pocos participantes repelían a los encapuchados, en una suerte de "autorregulación", que, en cierta medida, fue eficaz.


Pero el Estado de Derecho requiere más que autotutela. En esa defensa de los manifestantes a que las protestas se realicen sin violencia, puede verse un genuino interés en proteger el derecho de reunión, asociación y expresión de manera pacífica y respetando las normas legales. Prohibir los encapuchados no debilita el legítimo derecho de reunión: por el contrario, lo fortalece.


Iniciativas en este sentido no son nuevas, y desde las protestas de los "pingüinos", en la administración de la Presidenta Bachelet, se vienen anunciado proyectos que buscan desde modificar el decreto hoy vigente en la forma propuesta por el Gobierno, hasta tipificar como delito el uso de capucha en una manifestación. Y ya el actual artículo 85 del Código Procesal Penal permite practicar control de identidad "al que se encapuche o emboce", norma que se introdujo en 2008 con la denominada "agenda corta antidelincuencia".


Otro debate lateral se refiere a los accidentes de estudiantes con ocasión de las tomas, que han significado desde lesiones leves hasta un alumno en riesgo de vida. Hay acá un vacío regulatorio, y se han planteado variadas tesis, según las cuales, dependiendo de los elementos de hecho del caso, tales responsabilidades podrían recaer en el Estado -por responsabilidad extracontractual derivada de la falta de servicio, en colegios públicos- o en el seguro escolar -en colegios particulares pagados o subvencionados-, lo que parece una interpretación poco atendible de dicho sistema de seguros, violentando la finalidad del mismo.


Un tercer debate lateral gira en torno al anuncio del Gobierno sobre hacer económicamente responsables a los organizadores de una protesta por los destrozos que ella ocasione. También esta iniciativa ha sido planteada en el pasado, y tiene mérito para ser estudiada con detención, pues no cabe entender que los derechos de las personas cuyos bienes se encuentran en el curso de una marcha queden jurídicamente anulados por el derecho a manifestarse (aunque así ocurra de hecho). No es políticamente fácil de adoptar, pero conceptualmente es sostenible, y podría crear incentivos conducentes a que los organizadores sean los principales interesados en que una marcha sea realmente pacífica.



Tomado de Diario El Mercurio de Santiago.


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